Órdenes de restricción para personas mayores

Órdenes de restricción para personas mayores

En California, puede obtener una orden de restricción para prevenir el abuso de personas mayores si es un adulto mayor (de 65 años o más) o un adulto dependiente (alguien entre 18 y 64 años con limitaciones mentales o físicas que imponen limitaciones en términos de la realización de actividades normales) y víctima de abuso. Si tiene alguna pregunta o inquietud sobre cómo obtener o responder a una orden de restricción para personas mayores aquí en California, comuníquese con nuestros abogados con experiencia en órdenes de restricción domésticas en California. 

¿Qué hacen estas órdenes?

Se pueden solicitar estos tipos de órdenes judiciales para asegurarse de que otra persona no:

  • Se acerque a usted o a otras personas a las que busca proteger, como sus hijos;
  • Se presente en cualquier lugar en particular, como su casa o trabajo;
  • No mude de su casa; y/o
  • Tenga un arma.

Requisitos legales

Según la ley de California, existe “abuso” en caso de que ocurra cualquiera de los siguientes supuestos:

  • Abandono
  • Secuestro
  • Un cuidador que retiene bienes o servicios que son necesarios para evitar sufrir
  • Abuso financiero
  • Aislamiento
  • Negligencia
  • Abuso físico
  • Otro tratamiento que resulte en dolor, sufrimiento mental o físico daño

Tiene la opción de obtener una:

  • Orden temporal ex parte: se emitirá el mismo día en que la solicite o al día siguiente, y durará hasta su audiencia para la orden definitiva, que se produce entre 21 y 25 días; u
  • Orden definitiva; Que puede durar hasta cinco años.

Presentar una solicitud en nombre de otra persona

California también le permite solicitar una orden de restricción en nombre de una persona mayor si usted:

  • Es su apoderado o tiene facultades conforme a un poder;
  • Es su curador o fideicomisario
  • Fue nombrado como su tutor ad litem; o 
  • Está legalmente autorizado de algún otro modo para obtener tutela judicial.

¿Qué pasa si el abusador está fuera del estado?

Puede ser más difícil y complejo obtener una orden sobre alguien que está fuera del estado. Sin embargo, el tribunal puede ejercer lo que se llama jurisdicción personal sobre esta persona si:

● El abuso ocurrió en su estado.

● La persona recibe la notificación mientras se encuentra en su estado.

● La persona tiene una “conexión sustancial” con su estado, es decir, viaja regularmente para visitar a su familia o por negocios, vivió recientemente allí, etc.

¿Le pueden acordar más de un tipo de orden de restricción?

Es muy posible que alguien necesite tanto una orden de restricción para personas mayores como una orden de restricción por violencia doméstica, por ejemplo, si la víctima es una persona anciana y está siendo abusada por un miembro de la familia. Lo mismo se aplica, por ejemplo, a las órdenes de restricción por acoso civil y las órdenes de restricción por violencia en el lugar de trabajo.

Comuníquese con nuestros órdenes de restricción para personas mayores de California para obtener más información

Si tiene alguna pregunta sobre cómo obtener una orden de restricción para personas mayores en California, comuníquese hoy mismo con nuestros abogados con experiencia en órdenes de restricción para personas mayores en California a fin de obtener más información.

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